Norma Legal D.S. N° 019-2025-MINEDU: Cambios en las Causales de Retiro por Incapacidad Docente (Revisión Obligatoria)

Una actualización legal de suma importancia que afecta directamente la estabilidad laboral y la seguridad social del magisterio. El Ministerio de Educación (Minedu), mediante el Decreto Supremo N° 019-2025-MINEDU, ha dispuesto la modificación de las causales de retiro de docentes que enfrentan una situación de incapacidad permanente.

Este cambio normativo es crucial, ya que define el proceso, los criterios de evaluación y las condiciones bajo las cuales un docente en la Carrera Pública Magisterial puede ser retirado del servicio por motivos de salud. Conocer estas modificaciones es un deber de todo maestro y directivo para garantizar que los derechos laborales se cumplan estrictamente conforme a la nueva ley. Aquí te explicamos el alcance exacto del D.S., los cambios en la evaluación de la incapacidad y cómo defender tu permanencia en el magisterio. ¡Revisa la norma oficial y protege tu estabilidad laboral!

¿Cómo Quedan tus Derechos? El Minedu Modifica las Normas de Retiro de Docentes por Incapacidad Permanente (Infórmate AQUÍ)

Decreto Supremo que modifica diversos artículos del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED

DECRETA:

Artículo 1.- Modificación de los artículos 115, 135, 158, 161, 171, 172, 173, 174, 175, 194 y 197 del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED. Modificar el artículo 115, el numeral 135.1 del artículo 135, el numeral 158.2 del artículo 158, los artículos 161, 171, 172, 173, 174, 175, 194 y el literal a) del artículo 197 del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, en los siguientes términos:

Modifican las causales de retiro de docentes por incapacidad permanente

“Artículo 115.- Retiro por incapacidad permanente

a) La autoridad competente, de oficio, emite la resolución administrativa disponiendo el retiro por incapacidad permanente para el trabajo, previo informe médico que expida el Seguro Social de Salud-ESSALUD, que determine la incapacidad permanente, física o mental del profesor.

b) El profesor podrá solicitar a la autoridad competente, emitir la resolución administrativa que dispone el retiro por incapacidad permanente para el trabajo, previa presentación del informe médico que expida el Seguro Social de Salud – ESSALUD, donde se determine la incapacidad permanente, física o mental del profesor.”

Decreto Supremo Nº 019-2025-MINEDU | Decreto Supremo que modifica diversos artículos del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED.